3- La Familia Célula Vital de la Sociedad
- José Miguel Santillano Escobar
- 3 nov 2015
- 3 Min. de lectura
La importancia de la familia en la sociedad

La familia siempre ha sido y es, el principal pilar de la sociedad. Es el lugar donde los miembros nacen, aprenden, se educan y desarrollan. Debe ser refugio, orgullo y alegría de todos sus miembros. Cuando la familia tiene problemas, alegrías o tristezas internas, repercuten en todos los familiares, sufriéndolos o disfrutándolos, debido a su total interrelación. Todas las legislaciones del mundo, tienen que tener leyes, que protejan el concepto de la familiar y facilitar lo más posible su unión y continuidad. La familia se convierte en un castillo, que además de servir de refugio de sus componentes, estos tienen que defenderla a ultranza, de todos los ataques que le hagan. No pueden permitir que lo dañino pase sus puertas. Todos tienen que formar un solo cuerpo, para defender su propia vida presente y futura.
La composición de la familia varía de sociedad en sociedad, de país en país, de región en región, pudiendo en algunos casos ser muy numerosa y en muchos otros limitarse solamente a los integrantes centrales o nucleares: padre, madre e hijos. Convencionalmente se entiende por familiares secundarios a los tíos, primos, abuelos y sobrinos. Luego, también podemos mencionar a la familia política, es decir aquella que se establece en base a relaciones no sanguíneas: cuñado, nuera, suegros, yerno, ahijados, etc.

La importancia de la familia estriba principalmente en dos pilares fundamentales para la existencia del ser humano: por un lado, la familia brinda al recién nacido protección, cuidado y cariño, enseñándole a través de esas cosas reglas de comportamiento, dónde está el peligro, qué cosas no se deben hacer, cómo ser sano, cómo ser saludable, qué significa cada sensación, etc. Esto es así ya que un bebé (de cualquier tipo, no sólo humano) al ser abandonado sin ningún tipo de cuidado o protección de posibles peligros no podría sobrevivir por sí solo. Para los seres humanos, el cuidado y la protección de los padres es necesaria hasta la edad de la adultez, momento en el cual se entiende que la persona ya puede valerse y cuidarse por sí misma.
La familia desde la constitución salvadoreña.
ARTICULO 32.- La familia es la base fundamentas de la sociedad y tendrá la protección del Estado, quien dictará la legislación necesaria y creará los organismos y servicios apropiados para su integración, bienestar y desarrollo social, cultural y económico.
El fundamento legal de la familia es el matrimonio descansa en la igualdad jurídica de los cónyuges.
El Estado fomentará el matrimonio; pero la falta de éste te no afectará el goce de los derechos que se establezcan en favor de la familia.
ARTICULO 33.- La ley regulará las relaciones personales y patrimoniales de los cónyuges entre si y entre ellos y sus hijos, estableciendo los derechos y deberes recíprocos sobre bases equitativas; y creará las instituciones necesarias para garantizar su aplicabilidad. Regulará así mismo las relaciones familiares resultantes de la unión estable de un varón y una mujer.
ARTICULO 34.- Todo menor tiene derecho a vivir en condiciones familiares y ambientales que le permitan su desarrollo integral, para lo cual tendrá la protección del Estado.
La ley determinará los deberes del Estado y creará las instituciones para la protección de la maternidad y de la infancia.
ARTICULO 35.- El Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores, y garantizará el derecho; a la educación y a la asistencia.
La conducta antisocial de los menores que constituya delito o falta estará sujeta a un régimen jurídico especial.
ARTICULO 36.- Los hijos nacidos dentro o fuera de matrimonio y los adoptivos, tienen iguales derechos frente a sus padres. Es obligación de éstos dar a sus hijos protección, asistencia, educación y seguridad.
No se consignará en las actas del Registro Civil ninguna calcificación acción sobre la naturaleza de la filiación, ni se expresará en las partidas de nacimiento el estado civil de los padres.
Toda persona tiene derecho a tener un nombre que la identifique. La ley secundaria regulará esta materia.
La ley determinará asimismo las formas de investigar y establecer la paternidad.

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